PROYECTO DE LEY DE FAMILIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado 27 de febrero, el proyecto de Ley de Familias, con tres objetivos básicos:
- Reconocer las diferentes situaciones familiares que existen en España.
- Mejorar la protección social de las familias.
- Garantizar el derecho a conciliar la vida familiar con la laboral.
La norma va a establecer un marco para que las diferentes administraciones de nuestro país puedan implementar políticas de apoyo a las familias y, asimismo, ofrecer un soporte para ampliar derechos, tanto por la vía de enmiendas parlamentarias, como en la negociación de los Presupuestos Generales del Estado, dadas las dificultades actuales en España para formar una familia, tanto en términos económicos, como de conciliación.
La infrafinanciación de las políticas de protección social a las familias tras los recortes llevados a cabo la pasada década supone una mayor carga de trabajo no remunerado sobre las mujeres, por lo que otro objetivo importante de la ley es ayudar a reducir esta brecha de género, cuyas consecuencias tienen cada vez un mayor impacto en nuestra sociedad: España es el país de la Unión Europea con mayor número de mujeres que se ven obligadas a postergar la decisión de tener hijos hasta pasados los 40 años.
Medidas específicas que se incluyen en este proyecto de ley son:
- Prestación por crianza. La ley reconoce una asignación por crianza de 100 euros mensuales para familias con hijos e hijas de cero a tres años.
- Protección a las familias monoparentales. Las familias con una sola persona progenitora (8 de cada 10 son mujeres) dispondrán de un título de acreditación oficial de familia monoparental. Este título se tendrá en cuenta para el acceso preferente a distintos servicios públicos, y, en particular, va a ofrecer la posibilidad de que tengan 16 semanas de educación infantil de forma gratuita dentro de los primeros 24 meses de vida del hijo o la hija. Además, se equipararán los derechos de las familias monoparentales con dos hijos a los de las familias numerosas.
- Protección a las familias numerosas. Se reconocerán como familias numerosas de categoría especial todas aquellas con cuatro o más hijos o hijas (anteriormente reconocidas a partir de los cinco) o con tres en caso de parto múltiple (anteriormente a partir de los cuatro). Se reducen también a tres, cuando sus ingresos anuales, divididos por el número especial de sus miembros, no superen el 150% del IPREM vigente. Otra novedad es que, en caso de en caso de separaciones o divorcios con custodia compartida, el título de familia numerosa lo podrán ostentar ambos progenitores, para que ambos puedan acogerse a sus beneficios.
- Protección a las familias migrantes. En las situaciones familiares en las que alguno de sus miembros proceda de otro Estado o territorio y no tenga regularizada su situación administrativa, la ley garantizará un NIE para niños y niñas cuyos progenitores estén en situación irregular.
- Protección a familias con personas con discapacidad. Se equipararán los derechos de las familias numerosas a aquellas familias que tengan un ascendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 33% (frente al 65% actual). Y en familias con menores de edad con discapacidad, las administraciones competentes estarán obligadas por ley a
asegurar la atención temprana y a facilitar los apoyos educativos necesarios.
- Más derechos para las parejas de hecho. Los derechos de las parejas de hecho se equipararán a los de los matrimonios en varios puntos:
- Tendrán derecho a pensión de viudedad (similar a la del matrimonio) y al complemento a mínimos de las pensiones.
- Podrán acceder al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos para los hijos e hijas a cargo en caso de disolución de la pareja.
- Se creará un Registro Estatal de Parejas de Hecho centralizado para las parejas registradas a nivel autonómico.
- Fondo de Garantía de Alimentos: Se ampliará el umbral de acceso al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos, así como la cuantía, que podrá alcanzar los 500 euros mensuales (frente a los 100 actuales).
La Ley se remite tras su aprobación por el Consejo de Ministros al Congreso donde se iniciará su trámite parlamentario por el procedimiento de urgencias, que posibilitará la incorporación de enmiendas al texto del Proyecto y garantizará la aprobación de un proyecto de Ley que ya fue remitido en la anterior legislatura pero que no culminó su aprobación.